Condiciones generales de venta de Knipidee International B.V.

1. Las siguientes condiciones se aplican a todas las ventas, ofertas y suministros de Knipidee International B.V.
2.1. Todas las ofertas se realizan sin compromiso, a menos que se acuerde lo contrario por escrito.
2.2. Todo contrato/pedido celebrado entre el vendedor y el comprador será plenamente vinculante para ambas partes, a menos que el vendedor
notifique por escrito al comprador, dentro de los 8 días siguientes al inicio del contrato/pedido, que lo cancela.
2.3. El vendedor tiene derecho a cambiar después del acuerdo, dentro de límites razonables, ciertas especificaciones (como colores, medidas,
cantidades, etc.). El vendedor también tiene derecho en estas circunstancias a no entregar todos los artículos.
3.1. La entrega y los riesgos se transferirán en el momento de la transferencia de la mercancía a un transportista profesional o, en el caso de que la
mercancía sea recogida por el comprador o entregada por el vendedor, en el momento de la recepción de la mercancía por el comprador o de la
entrega en el almacén o depósito del comprador.
3.2. Desde el momento de la entrega toda la mercancía está a cargo del comprador.
3.3. El proveedor tiene derecho a entregar la mercancía en varias partes, a menos que las partes hayan acordado otra cosa.
3.4. Al expirar el plazo (acordado) o la fecha de entrega, entra en vigor automáticamente un plazo posterior a la entrega de 20 días laborables.
3.5. Si un acuerdo se refiere a varias entregas, el acuerdo puede llevarse a cabo en su totalidad o a plazos. En caso de entrega parcial, el
comprador estará obligado a pagar la factura correspondiente como si se tratara de una entrega de un acuerdo independiente.
4.1. Las reclamaciones sólo son válidas si se hacen por escrito con una descripción clara de la queja y se presentan al vendedor en un plazo de 2
semanas a partir de la recepción de la mercancía, siempre que ésta siga en el estado en que se entregó.
4.2 El comprador tiene la obligación de inspeccionar la mercancía entregada en un plazo de 2 semanas tras la recepción de la misma en lo que
respecta a los defectos que pueda determinar el comprador mediante una simple inspección, como pueden ser el encogimiento, la resistencia a
la tracción, la solidez del color, la formación de bolitas y otros similares. Por lo tanto, estos defectos también deben ser presentados al vendedor
dentro de las 2 semanas siguientes a la recepción de la mercancía de acuerdo con el artículo 4.1 y no están cubiertos por el artículo 4.3.
4.3. Si la reclamación se refiere a defectos no visibles o perceptibles de otro modo, que no estén cubiertos por el artículo 4.2, la
reclamación sólo podrá presentarse en un plazo de 2 semanas a partir del momento de la detección del defecto por parte del
comprador, pero no más tarde de 2 meses después de la fecha de entrega de la mercancía en cuestión. Las reclamaciones sólo
son válidas si se hacen por escrito con una descripción clara de la queja.
4.4. Las ligeras desviaciones en la calidad, el color, el tamaño, el peso, el acabado, el diseño, las cantidades, etc., admisibles en el comercio y/o
técnicamente inevitables, no constituirán motivo de reclamación.
4.5. En lo que respecta a las mercancías entregadas, el comprador no puede alegar el incumplimiento del acuerdo una vez que las mercancías en
cuestión hayan sido procesadas, fabricadas, vendidas o cortadas por él.
4.6. En caso de reclamaciones justificadas, el vendedor tiene la opción de abonar la mercancía, repararla o sustituirla en un plazo razonable tras la
recepción de la mercancía devuelta.
5.1. Cualquier retraso en el pago obligará al comprador a pagar intereses a un tipo del 10% anual. Cualquier descuento en el pago en esta situación será
cancelado.
5.2. El vendedor tiene derecho a ajustar los precios y tarifas acordados (con efecto inmediato) en función de los cambios en el precio de coste de las
mercancías a entregar por el vendedor (incluidos los costes de transporte), los tipos de cambio o los impuestos y tasas impuestos por el gobierno.
Este ajuste razonable de los precios y tarifas previamente acordados no afecta al acuerdo.
5.3. Cualquier retraso en el pago obligará al comprador a pagar una compensación fija al vendedor que no supere el 10% de los importes de la factura
que permanezcan impagados o que no hayan sido pagados a tiempo, de acuerdo con las prácticas comerciales aceptadas en el propio país del
comprador.
5.4. Todos los pagos deben ser realizados por el comprador en su totalidad, sin ninguna deducción de contrademandas.
6.1. El vendedor tiene derecho a cancelar todos los pedidos, total o parcialmente, a su propia discreción y sin intervención judicial de las autoridades
legales, o a exigir el pago por adelantado de las entregas pendientes, y/o a posponer estas entregas si:
a. No puede cubrir o cubrir suficientemente los riesgos de crédito que aseguran dicho(s) pedido(s) con un asegurador de su elección;
b. El vendedor tiene facturas por cobrar impagadas y/o la situación financiera del comprador se deteriora antes de que se entreguen los pedidos;
6.2. En caso de que el vendedor quiera cancelar un pedido basándose en el artículo 6.1., deberá notificarlo al comprador y tendrá que ofrecerle una
última oportunidad de pagar el pedido por adelantado, o proporcionar una garantía.
7. Toda la mercancía suministrada, pagada o no, sigue siendo propiedad del vendedor hasta que todas las facturas (incluidas las que aún no han
vencido) hayan sido pagadas en su totalidad. Mientras el vendedor siga teniendo importes pendientes de pago, tendrá derecho a recuperar la
mercancía y el comprador no tendrá derecho a transferir la mercancía del vendedor de ninguna forma (incluso como garantía) a terceros ni a
entregarla a terceros en consignación. En el caso de las mercancías retiradas, se abonará al comprador por las mismas el valor de mercado de
dichas mercancías en la fecha de retirada.
8.1. Las circunstancias de fuerza mayor que retrasen o impidan la entrega de la mercancía eximen al vendedor de su obligación de realizar la entrega
a tiempo y no serán en ningún caso motivo de responsabilidad para el vendedor.
8.2. Por fuerza mayor se entiende toda circunstancia ajena al control del vendedor, como por ejemplo, pero no exclusivamente: guerra, disturbios,
huelgas, medidas gubernamentales, acontecimientos de cualquier tipo que perturben la producción del vendedor, enfermedades (como el SARS
o el Covid), interrupciones en el suministro normal de materias primas y auxiliares al vendedor, y retrasos (incluido el brote de enfermedades
como el SARS o el Covid) en el transporte de los productos por el medio de transporte elegido por el vendedor.
9.1. La responsabilidad por parte del vendedor se limita a la cantidad que, según el asegurador de responsabilidad del vendedor, es pagadera para el
caso en cuestión.
9.2. Si, por la razón que sea, el asegurador de la responsabilidad del vendedor no paga, la responsabilidad del vendedor nunca alcanzará el importe
del valor de las facturas que reclama el comprador.
9.3. El vendedor no será responsable de ninguna pérdida o daño indirecto, como por ejemplo: la pérdida de beneficios, la pérdida de ahorros, la
pérdida debida a la interrupción de la actividad comercial y cualquier otra pérdida consecuente, o pérdida o daño indirecto, que sea el
resultado de que el vendedor no haya cumplido, o no lo haya hecho a tiempo, o sea insatisfactorio.
10. El derecho holandés regirá todos los acuerdos celebrados bajo los términos de estas condiciones, con exclusión de la Convención de Viena
sobre Ventas. Todos los litigios derivados de dichos acuerdos se resolverán ante el tribunal competente de Midden-Nederland (Países Bajos).
No obstante, el vendedor puede optar por someter un litigio con el comprador al tribunal del lugar donde esté registrado el negocio del
comprador o donde éste tenga su domicilio oficial y puede elegir si se aplica o no la ley del país donde esté registrado/domiciliado el comprador.